Estos días, en DudApp estamos recibiendo muchas consultas sobre trabajadores que han sido despedidos por las consecuencias del coronavirus (Covid-19). La razón alegada es el impacto económico generado por la pérdida de actividad, traducida en una caída drástica de los ingresos o, directamente, en la parálisis o clausura del negocio. A ello, se le suman los empleados temporales cuyas renovaciones se han visto suspendidas.
Desde DudApp te señalamos cuales son las consultas legales más frecuentes que nos hacen llegar nuestros clientes. Toma nota:
¿Me pueden despedir por el Cornavirus?
El despido se puede realizar durante una situación de coronavirus, pero no alegando el coronavirus, ya que se entiende que es una circunstancia temporal. Solo es posible si existe una situación económica adversa anterior que se agrava por tener que cerrar el centro de trabajo o, simplemente, por la caída extraordinaria de clientela. En todo caso, el proceso debe estar iniciado o en marcha antes, de modo que el coronavirus actuaría como un elemento adicional pero no determinante. Si este es tu caso déjanos revisar cual es tu situación, ¡te ayudaremos!
¿Me pueden despedir por tener el coronavirus?
Si te despiden por tener el Coronavirus, aún de forma encubierta, es decir, por el mero hecho de estar enfermo puede ser, según las circunstancias, nulo o improcedente, al no existir ninguna causa de despido objetivo o disciplinario que avale esta extinción. Si este es tu caso, contacta con nuestros abogados. Es una situación grave.
¿Qué errores hay que evitar si llega la carta de despido?
Desde DudApp te aconsejamos estar especialmente atento y, como recomendación general, no hay que firmar la carta de despido. Es mejor consultar antes con uno de nuestros abogados.
¿Qué derechos tienen los trabajadores despedidos?
Por un lado, cualquier trabajador despedido, ya sea disciplinariamente o por razones económicas, tiene derecho al paro o prestación por desempleo si dispone del tiempo de cotización necesario para acceder a este subsidio. Además, si el despido es por una causa objetiva tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, hasta el tope de 12 mensualidades (como establece el artículo 53 del ET). Ten en cuenta que tu despedido pudiera ser considerado como improcedente, entonces tendrías derecho a más indemnización. Consúltanos y analizaremos tu caso para que obtengas la mejor indemnización posible.
Recuerda que para consultar a uno de nuestros abogados no tienes que moverte de casa. Te contestaremos en menos de 24h.