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Soy empleada del hogar. ¿Qué derechos tengo con el Coronavirus?

Las personas que os dedicáis al servicio doméstico en España tenéis derecho a acogerse a una Incapacidad Temporal equivalente a la baja laboral por accidente de trabajo al igual que el resto de trabajadores.

Durante estos días han surgido muchas consultas en DudApp de personas como tú. Desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social han confirmado que estas trabajadoras se podrán acoger a esta baja si un profesional médico certifica que deben realizar aislamiento preventivo o si han dado positivo en el test de coronavirus.

Concretamente, quien decide si una persona del servicio doméstico debe estar de baja es, como en cualquier caso, Salud Pública, que será quien le indique si tiene que estar en aislamiento y avisará al Instituto Nacional de la Seguridad Social para tramitar la baja.

Hay que recordar que el Gobierno aprobó la semana pasada un real decreto para poner en marcha la incapacidad temporal asimilada a la baja laboral por Accidente de Trabajo. Esta medida supuso que los beneficiarios perciben desde el día siguiente de la baja el 75% de la base reguladora, con cargo a la Administración.

Ahora bien, estas trabajadoras tienen este derecho reconocido siempre que
estén dadas de alta en la Seguridad Social, algo que no siempre ocurre porque se trata de un colectivo donde hay mucha economía sumergida.

Si este es tu caso o te obligan a acudir en el trabajo a realizar las tareas domésticas consulta con nuestros abogados cuáles son tus derechos. En DudApp te responderemos en menos de 24h.

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